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Á MBITO LEGAL Materia: Contabilidad y gestión administrativa - PowerPoint Presentation

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Á MBITO LEGAL Materia: Contabilidad y gestión administrativa - PPT Presentation

Infocab 300415 INTRODUCCIÓN El ámbito legal tiene como objetivo señalar las principales disposiciones legales que obligan a las entidades a llevar adecuados sistemas de contabilidad por ejemplo al código fiscal de federación CFF código de comercio CC Ley general del impuesto sobre ID: 795872

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Presentation Transcript

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ÁMBITO LEGAL

Materia: Contabilidad y gestión administrativa

Infocab

: 300415

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INTRODUCCIÓN

El ámbito legal tiene como objetivo, señalar las principales disposiciones legales que obligan a las entidades a llevar adecuados sistemas de contabilidad, por ejemplo al código fiscal de federación (CFF), código de comercio (CC), Ley general del impuesto sobre la renta (ISR), Ley general del impuesto al valor agregado (IVA)

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ÁMBITO LEGAL

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR)

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

CÓDIGO DE COMERCIO

LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

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CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

El Código Fiscal de la Federación (CFF) es un compendio, que integra a diversos aspectos fiscales, cuyo objetivo es determinar las contribuciones 

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Art 1º. (CFF, 2016. p. 1).

Las personas físicas y las morales, están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. Las disposiciones de este Código se aplicarán en su defecto y sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales de los que México sea parte. Sólo mediante ley podrá destinarse una contribución a un gasto público específico

.

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Art. 28. (CFF, 2016. p. 38).

Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, deberán observar las siguientes reglas:

Llevarán los sistemas y registros contables que señale el reglamento de este Código, los que deberán reunir los requisitos que establezca dicho reglamento

Los asientos en la contabilidad serán analíticos y deberán efectuarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se realicen las actividades respectivas. 

Llevarán la contabilidad en su domicilio. Dicha contabilidad podrá llevarse en lugar distinto cuando se cumplan los requisitos que señale el reglamento de este Código.

La Ley del Impuestos sobre la Renta (ISR)

 

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Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) 

Impuesto Sobre la Renta

 (I. S. R.) y obtiene este nombre, porque grava la utilidad obtenida producto de realizar una actividad, es decir, en un sentido muy amplio le llama 

RENTA

  a la Utilidad que se obtenga,

La tasa general para este impuesto varia, pero normalmente es más del 30%.

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Art. 1. (LISR, 2016. p. 1).

Las personas físicas y las morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:

I. Los residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.

II. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente.

 

III. Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste. Las personas físicas y las morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta.

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Art. 76. (LISR, 2016. p. 79).

Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:

I. Llevar la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley, y efectuar los registros en la misma. 

II. Expedir los comprobantes fiscales por las actividades que realicen.

 

III. Expedir los comprobantes fiscales en los que asienten el monto de los pagos efectuados que constituyan ingresos de fuente de riqueza ubicada en México de acuerdo con lo previsto por el Título V de esta Ley o de los pagos efectuados a los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país, en los términos del artículo 48 de la misma y, en su caso, el impuesto retenido al residente en el extranjero o a las citadas instituciones de crédito.

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Ley del impuesto al valor agregado (IVA).

Impuesto al Valor Agregado

– posee varias tasas aplicables a distintas actividades comerciales o locaciones y venta de servicios.

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Art.1. (LIVA, 2016. p 1).

Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes: Párrafo reformado DOF 30-12-1980

I. Enajenen bienes.

 

II. Presten servicios independientes.

 

III. Otorguen el uso o goce temporal de bienes.

 

IV. Importen bienes o servicios.

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Art. 32 (LIVA, 2016. p 5)

Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes: 

Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento. Fracción reformada DOF 30-12-1980, 31-12-1981, 11-12-2013 

Realizar, tratándose de comisionistas, la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente.

Expedir y entregar comprobantes fiscales.

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CÓDIGO DE COMERCIO

CÓDIGO DE COMERCIO, SE TRATA DEL CONJUNTO DE NORMAS Y PRECEPTOS QUE REGULAN LAS RELACIONES MERCANTILES ENTRE DIVERSOS INDIVIDUOS O EMPRESAS DE UN MISMO TERRITORIO.

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CÓDIGO DE COMERCIO

De La Contabilidad Mercantil (CC 2016. p. 11).

Art. 33. El comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado. Este sistema podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las características particulares del negocio.

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CÓDIGO DE COMERCIO

Art. 34. Cualquiera que sea el sistema de registro que se emplee, se deberán llevar debidamente encuadernados, empastados y foliados el libro mayor y, en el caso de las personas morales, el libro o los libros de actas.

 Art. 37. Todos los registros deberán llevarse en castellano, aunque el comerciante sea extranjero.

 

 

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Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM, 2016)

Artículo 1o.-

Esta Ley reconoce las siguientes especies de sociedades mercantiles:

I.-

Sociedad en nombre colectivo;

II.-

Sociedad en comandita simple;

III.-

Sociedad de responsabilidad limitada;

IV.-

Sociedad anónima;

V.

Sociedad en comandita por acciones;

VI.

Sociedad cooperativa, y

VII.

Sociedad por acciones simplificada.

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Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM, 2016)

Art. 172. (LGSM, 2016. p. 26. Las sociedades anónimas, bajo la responsabilidad de sus administradores, presentarán a la Asamblea de Accionistas, anualmente, un informe que incluya cuando menos:

Un informe de los administradores sobre la marcha de la sociedad en el ejercicio, así como sobre las políticas seguidas por los administradores y, en su caso, sobre los principales proyectos existentes.

Un informe en que declaren y expliquen las principales políticas y criterios contables y de información seguidos en la preparación de la información financiera.

Un estado que muestre la situación financiera de la sociedad a la fecha de cierre del ejercicio.

Un estado que muestre, debidamente explicados y clasificados, los resultados de la sociedad durante el ejercicio.

Un estado que muestre los cambios en la situación financiera durante el ejercicio.

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RECURSOS ELECTRÓNICOS

Código de Comercio. (2016, 5 de agosto). Código de Comercio. Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ccom.htm.

Código Fiscal de la Federación. (2016, 4 de agosto). CFF Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/8_170616.pdf.

Ley General de Sociedades Mercantiles. LGSM. (2016, 8 de agosto). Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgsm.htm.

Ley del Impuesto sobre la Renta. LISR. (2016, 5 de agosto). Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR_181115.pdf.

Ley del Impuesto al Valor Agregado. LIVA. (2016, 5 de agosto). Recuperado de: http://www.sat.gob.mx/comext/certificacion_exportadoras/Documents/LIVA.doc.