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Consejo Técnico de la Contaduría Publica - PowerPoint Presentation

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Consejo Técnico de la Contaduría Publica - PPT Presentation

Documento de Orientación Técnica 15 Contabilidad NIIF para Centros Comerciales y Otras Propiedades Horizontales Audire Bogotá Diciembre 1 de 2015 Objetivo Concretar las bases de contabilidad y presentación de información de las Copropiedades según Orientación la Profesional ID: 546863

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Presentation Transcript

Slide1

Consejo Técnico de la Contaduría PublicaDocumento de Orientación Técnica 15Contabilidad NIIF para Centros Comerciales y Otras Propiedades Horizontales

Audire - Bogotá

, Diciembre 1 de 2015Slide2

Objetivo

Concretar las bases de contabilidad y presentación de información de las Copropiedades según Orientación la Profesional No. 15 – del Consejo Técnico de la Contaduría PublicaSlide3

ContenidoConcepto de Copropiedad y AlcanceObligación de llevar contabilidadMarcos Técnicos Contables AplicablesSincronización con Orientación Profesional No. 14 – ESALTratamiento de Activos - Ingresos EspecializadosTratamiento de Pasivos - Gastos EspecializadosTratamiento de PatrimonioOtras DisposicionesSlide4

Concepto y Alcance* Fuente: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – Censo Inmobiliario 2013

Bogotá cuenta con 2.361.293 Predios Urbanos *Slide5

Obligación de Llevar Contabilidad

Art. 45 de la Ley 190 de 1995(Régimen de Administración Publica – Capitulo IV. Sistemas de Control - ESAL)“De conformidad con la reglamentación que al efecto expide el Gobierno Nacional, todas las personas jurídicas y las personas naturales que cumplan los requisitos señalados en el reglamento, deberán llevar contabilidad, de acuerdo con los principios generalmente aceptados. Habrá obligación de consolidar los estados financieros por parte de los entes bajo control. Cuando se cumplan los requisitos, los estados básicos y los estados financieros consolidados deberán ser sometidos a una auditoría financiera. El Gobierno podrá expedir normas con el objeto de que tal auditoría contribuya a detectar y revelar situaciones que constituyan prácticas violatorias de las disposiciones o principios a que se refiere la presente Ley.” (Subrayado y negrilla por fuera del texto original). Slide6

Obligación de Llevar Contabilidad

Art. 364 del Estatuto Tributario(ESAL)LAS ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO ESTAN OBLIGADAS A LLEVAR LIBROS DE CONTABILIDAD REGISTRADOS. “Las entidades sin ánimo de lucro, deberán llevar libros de contabilidad, en la forma que indique el Gobierno Nacional”. Slide7

Obligación de Llevar Contabilidad

Inc. 2° del Art. 2° del Decreto 2500 de 1986. (ESAL)“A partir del 1 de enero de 1.987, las entidades sin ánimo de lucro, con excepción de las entidades de Derecho Público, juntas de acción comunal, juntas de defensa civil, y las entidades previstas en el Art. 5° del presente decreto, deberán llevar libros de contabilidad y registrarlos en las oficinas de la Administración de impuestos Nacionales que corresponda a su domicilio. La contabilidad deberá sujetarse, incluido el régimen sancionatorio, a lo dispuesto en el Título IV del Código de Comercio y el Capítulo V del Decreto 2821 de 1974. Tendrán el carácter de obligatorios los libros Mayor y Balances y Diario, o, en defecto de estos dos, el libro de cuenta y razón”. (Subrayado y negrilla por fuera del texto original). Slide8

Obligación de Llevar Contabilidad

Art. 51 de la Ley 675 de 2001(Régimen de Propiedad Horizontal)“ARTÍCULO 51. Funciones del Administrador. La administración inmediata del edificio o conjunto estará a cargo del Administrador, quien tiene facultades de ejecución, conservación, representación y recaudo. Sus funciones básicas son las siguientes: “1. Convocar a la Asamblea a reuniones ordinarias o extraordinarias y someter a su aprobación el inventario y balance general de las cuentas del ejercicio anterior, y un presupuesto detallado de gastos e ingresos correspondientes al nuevo ejercicio anual, incluyendo las primas de seguros. (…). 4. Preparar y someter a consideración del Consejo de Administración las cuentas anuales, el informe para la Asamblea General anual de propietarios, el presupuesto de ingresos y egresos para cada vigencia, el balance general de las cuentas del ejercicio anterior, los balances de prueba y su respectiva ejecución presupuestal.

5. Llevar bajo su dependencia y responsabilidad, la contabilidad del edificio o conjunto. (…)” Slide9

Marcos Técnicos Contables AplicablesSincronización con clasificación en el marco del proceso de convergenciaEl documento es coherente con las anteriores orientaciones profesionales sobre el manejo del proceso de convergencia en aplicación a las ESAL (Entendiendo que el IASB no ha emitido un marco técnico de aplicación a las mismas):

Grupo 1: Decreto 2784/12 y sus modificatoriosGrupo 2: Decreto 3022/13 y su modificatorio (2267 de 2014)Grupo 3: Decreto 2706/12 y su modificatorio (3019 de 2013)Slide10

Marcos Técnicos Contables AplicablesGrupo 1

(Dec. 2784/12 y 3024/13)Grupo 2(Decreto 3022 de 2013)Grupo 3(Dec. 2706/12 y 3019/13)Emisores de ValoresEntidades de Interés PublicoEntidades que cuenten con mas de 200 trabajadores o activos totales superiores a 30.000 SMMLV y que;Sean subordinadas o sucursal de compañía extranjera que aplique NIIF PlenasSean subordinadas o sucursal de compañía local que aplique NIIF PlenasSer matriz, asociada o negocio conjunto de una o mas entidades extranjeras que apliquen NIIF Plenas yRealizar importaciones o exportación mas del 50%

Aquellas entidades que no están clasificados ni como Grupo 1 ni como Grupo 3.

Contar

con una planta de personal no superior a 10 trabajadores.

Poseer activos totales, excluida la vivienda, por valor inferior a 500 SMMLV.

Tener ingresos brutos anuales inferiores a 6.000 SMMLVSlide11

Sincronización con OP-14 ESALAplicación prospectiva del Método Diferido y de la Contabilidad de Fondos

Método DiferidoContabilidad de FondosSi Contribución = Gastos; IngresoFondo (similar) Centro de CostosSi Contribución = Gasto Diferido; Ingreso DiferidoSi Contribución = Activo; Ingreso DiferidoAsignación de Activos, Pasivos, Ingresos y Gastos por cada Fondo

Si Aportes Restrictivos = Activos; Activo Neto PermanenteIgual que en el Método Diferido las contribuciones se convierten en ingresos dependiendo del uso y el momento, de lo contrario son ingresos diferidos

Si Aportes sin Restricciones = Ingresos

Restricciones Temporales (Internamente en Activo Neto)Slide12

Tratamiento de Activos – Ingresos EspecializadosFondo de imprevistos

Asignación por separación de concepto del 1% sobre el presupuesto (Limite 50%)Cuentas por cobrarPor efecto del cobro de las expensas comunes ordinarias y extraordinarias, Contrapartida: Ingresos.Expensas comunes necesariasExpensas necesarias para mantenimiento: Cuotas de Administración y Sostenimiento: Ingresos.Expensas obligatoriasOtras expensas diferentes a las comunes exigidas por la Ley 675 de 2001: Ingresos.Expensas comunes extraordinariasSurgen por imprevistos que no se alcanzan a cubrir con el fondo de imprevistos: Ingresos o Ingresos Diferidos (Pasivo) si existe Activo.

Intereses Moratorios - MultasIngresos (Deterioro calculado por no cobro)Explotación de bienes comunes

No genera activo generalmente,

aclaración OP-178/14 - DepreciaciónSlide13

Tratamiento de Activos – Ingresos EspecializadosBienes comunes esenciales

No son activos, coeficiente de propiedadBienes comunes de uso exclusivoUso privado; terrazas, cubiertas, patios interiores; No son activosBienes comunes desafectadosSon de propiedad de la copropiedad; Son Activos (Voto de mas del 70% de los coeficientes de propiedad)Gastos pagados por anticipadoOtros activos no financierosIndemnizaciones por segurosCuenta por Cobrar vs Pasivo por Ingresos Diferidos

DonacionesIngresosSlide14

Tratamiento de Pasivos – Gastos EspecializadosGastos por mantenimiento de bienes

Gastos vs PasivoGastos por segurosGastos vs PasivoGastos por vigilanciaGastos vs PasivoGastos por servicios de aseoGastos vs PasivoGastos por servicios públicosGastos vs PasivoGastos de papelería

Gastos vs PasivoGastos por depreciacionesGastos vs PasivoGastos por honorarios

Gastos vs Pasivo

Gastos financieros

Gastos vs PasivoSlide15

Tratamiento de PatrimonioExcedentes

PatrimonioApropiación como reservasPatrimonioExcedentes con restricciónPatrimonio según disposición de los copropietariosSlide16

Otras disposicionesRevisoría Fiscal Obligatoria: Conjuntos de Uso Comercial o Mixto: Art. 56 Ley 675/2001Revisoría Fiscal Potestativa en las Otras Copropiedades

Modelo de Estados Financieros y Notas Grupo 3Preguntas y Respuestas asociadas a las CopropiedadesSlide17

Muchas Gracias

Bogotá, Diciembre de 2015